Darán hasta 7 años de cárcel a quien realice bloqueos en casetas

Este martes 22 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto para penar hasta con 7 años de cárcel a personas que realicen bloqueos en casetas o carreteras del país para cobrar o pedir “ayuda económica”.

Dicho decreto se reforma el primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para sancionar con multas y cárcel “a quienes dañen, perjudiquen o destruya las vías generales de comunicación o medios de transporte”.

También a quienes interrumpan la construcción de dichas vías o aquellos quienes interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje para obtener un lucro.

Mediante este decreto también se penará a quienes realicen bloqueos, interrumpan o deterioren, total o parcialmente, los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte.

Cuáles serán las sanciones por realizar bloqueos

El decreto establece que las personas que realicen estas actividades como bloqueos en casetas carreteras generales, podrán hacerse acreedores a sanciones de 3 meses a 7 años de cárcel.

También se impondrán multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en 2022 es equivalente a 96.22 pesos y que elevaría la multa de 9 mil 622 pesos a 48 mil 110 pesos en caso de llegar a la sanción más elevada.

¡Cuidado! Este contenido es como el oro: ¡no se puede duplicar!