LX Legislatura aprueba reformas al Código Penal para agregar como agravantes, al ilícito de robo a celulares y el robo a través de motocicletas
  • Avalan adiciones al Código Penal para establecer el tipo penal de fraude familiar
  • Derogan diversas disposiciones a la Ley, para declarar inoperante la figura jurídica de los oficiales subalternos

En sesión pública ordinaria, el Pleno del Congreso del Estado de la LX Legislatura aprobó por unanimidad el Dictamen con Minuta de Decreto para adicionar las fracciones XVII Bis y XX Bis al artículo 380 del Código Penal del Estado de Puebla.

El propósito de las adiciones al Código Penal es agregar como agravantes, al ilícito de robos de teléfonos celulares y cuando sean cometidos con el uso de una motocicleta, ya que no solo repercute en la pérdida material, sino en información personal valiosa, como datos personales y de cuentas bancarias.

Así como disuadir estos delitos, ya que se impondrán penas mayores que las que se contemplaban antes por no contar con agravantes presentes en el Código, explicó la diputada Bárbara Morán Añorve.

En su intervención la diputada María del Carmen Cabrera Camacho señalo que esta iniciativa marcara un antes y un después en materia de procuración y administración de justicia, ya que se establecen nuevas herramientas jurídicas que brindan mayor dureza contra quienes cometan este tipo de delitos.

Asimismo, las y los diputados avalaron por unanimidad de votos, el Dictamen con Minuta de Decreto para adicionar la Sección Cuarta Bis, al Capítulo Décimo Octavo y el artículo 407 Bis, al Código Penal del Estado de Puebla.

Las adiciones al Código Penal tienen como objetivo, establecer el tipo penal de fraude familiar con la finalidad de garantizar que la madre no sea la única que cargue con los gastos totales por la manutención de hijas o hijos, ante una separación.

Al hacer uso de la palabra, la diputada Mónica Lara Chávez consideró que a través del Dictamen se atiende una problemática real, que afecta principalmente a las mujeres, ya que las orilla a verse en la imposición de encargarse eternamente del hogar, o de trabajo doméstico, para la manutención de los hijos, cuando esta debe darse en un marco de ayuda mutua y solidaria.

Finalmente, la LX Legislatura del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Dictamen con Minuta de Decreto por el que se deroga el Capítulo IX del Título Tercero y los artículos 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla.

El objetivo de las derogaciones a la Ley es para declarar inoperante la figura jurídica de los oficiales subalternos del Ministerio Público, lo que permitirá generara mayor seguridad y legalidad jurídica en el actuar de todas las partes que intervienen en el proceso penal, a través de la armonización de los ordenamientos jurídicos para contribuir al principio de legalidad y fortalecimiento de las instituciones, ante el nuevo sistema de Justicia Penal.

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