Aprueban en Comisión del Congreso reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

El objetivo es fortalecer las acciones contra la violencia feminicida y permitir que los ayuntamientos puedan solicitar la declaratoria de alerta de violencia de género

La Comisión de Igualdad de Género aprobó un Dictamen para prohibir que se solicite a las mujeres trabajadoras la presentación de certificados médicos de no embarazo

Las y los diputados aprobaron reformas a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla

La Comisión aprobó un Punto de Acuerdo para que ayuntamientos cumplan con las medidas decretadas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres

La Comisión de Igualdad de Género presentó el Informe de Actividades realizadas por el Grupo para la Igualdad Laboral y No Discriminación

En sesión pública virtual, la Comisión de Igualdad de Género de la LX Legislatura del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Dictamen con Minuta de Decreto para reformar la Denominación de la Sección Quinta del Capítulo II del Título Segundo y adicionar diversas disposiciones de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.

La Iniciativa, presentada por el diputado Miguel Trujillo de Ita, tiene como objetivo reformar la denominación de la Sección Quinta del Capítulo II del Título Segundo para armonizarla con la Ley General y denominarla “De la violencia feminicida y de la alerta de violencia de género contra las mujeres”. De la misma manera, se propone establecer la definición de alerta de violencia de género, adicionando el artículo 22 Bis para brindar mayor certeza jurídica y claridad en su interpretación.

Adicionalmente, se propone adicionar en la legislación local un segundo párrafo al artículo 23, para que los municipios puedan solicitar la declaratoria de alerta de violencia de género a la Secretaría de Gobernación, a fin de que se adopten las medidas y acciones preventivas de seguridad y justicia que procedan.

También se adiciona el artículo 23 Bis para que los municipios declarados en alerta de violencia de género contra las mujeres, instalen comisiones transitorias para combatir y erradicar la violencia vinculada a los feminicidios y la desaparición, a fin de contribuir en la prevención y erradicación de los feminicidios y la desaparición de mujeres en la entidad.