Katia Aguirre
El secretario de Seguridad Ciudadana, Félix Pallares Miranda, informó que el uso de vidrios polarizados, entintados, ahumados u oscurecidos en vehículos únicamente está permitido cuando esta característica viene de fábrica y se encuentra asentada en la documentación oficial del automóvil.

Explicó que, de acuerdo con el Código Reglamentario Municipal de Puebla, esta especificación debe estar plasmada en la carta factura o en la tarjeta de circulación del vehículo; de lo contrario, se aplica la multa correspondiente a lo establecido en el artículo 276 fracción V del reglamento.
El funcionario señaló que en algunos casos existe confusión entre los propietarios de vehículos, ya que algunas agencias ofrecen el servicio de polarizado después de la compra. Sin embargo, aclaró que este procedimiento es un servicio adicional y no forma parte de la fabricación original del automóvil, por lo que no tiene validez normativa si no está registrado en la documentación oficial.
Por último, el titular de la dependencia exhortó a la ciudadanía a denunciar cualquier irregularidad en caso de que algún agente de tránsito no respete esta disposición. Indicó que las quejas pueden presentarse directamente en las oficinas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, ubicadas en Avenida Granate 3930, colonia Cementos Atoyac.
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