En el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue publicado el decreto que prohíbe la exhibición y publicidad de cigarros en puntos de venta.
La prohibición es directa o indirecta de los productos elaborados con tabaco, tanto en espacios de venta abiertos o cerrados
También se prohíbe la “publicidad, promoción y patrocinio” en cualquier medio de comunicación.
“Para la comercialización de los productos de tabaco deberá realizarse a través de una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas”, detalla.
El decreto de la Ley General de Control de Tabaco, entra en vigor el 15 de enero de 2023.