La titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Rosa Icela Rodríguez, publicó una gráfica donde se especifica por medio de letras cómo es que se clasifican los contenidos y a que horario deben transmitirse.
La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía que pertenece a la Segob, vigila y analiza los contenidos de las transmisiones radiodifundidas y de televisión y audio restringidos o de cualquier otra forma de presentación.
Para realizar el análisis del material grabado, se toma en cuenta la frecuencia, presencia o combinación de las siguientes 4 categorías:
- Violencia: representaciones de violencia física, psicológica, verbal, de género o sexual.
- Sexualidad: escenas que contengan denotación o connotación sexual.
- Adicciones: escenas en donde se presente consumo de tabaco, alcohol y/o drogas.
- Lenguaje: presencia de lenguaje soez u ofensivo, así como palabras y/o frases en doble sentido.
La supervisión y clasificación de los materiales grabados regulados, se realiza para proteger la vulnerabilidad de las niñas, niños y adolescentes de los contenidos no aptos para su edad, por lo que tiene como eje rector el principio del interés superior de la niñez.
La asignación de clasificación de un material grabado se realiza bajo tres procedimientos:
- Supervisión.
- Análisis (observaciones).
- Clasificación (resolución).
En el primer caso se requiere una sinopsis, la cual no es otra cosa que un resumen general de la historia, en donde se describe la trama principal, los subtemas paralelos y se identifican los personajes que la integran, así como las escenas significativas que es donde se describen las imágenes y diálogos en los que se identifican los elementos como violencia, adicciones, sexualidad y lenguaje.
En cuanto el análisis, para el caso de las Series y las Telenovelas, se elabora un análisis del contenido en su totalidad, tomando en cuenta el tratamiento del tema central y de los subtemas paralelos, la frecuencia en las escenas de los elementos de violencia, adicciones, sexualidad y lenguaje; de acuerdo a los Criterios Rectores de Clasificación de Contenidos.
Por último en la clasificación o resolución, los Lineamientos de Clasificación, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 2018 y fueron modificados el 14 de febrero de 2020. Para más información se puede consultar la siguiente dirección en internet: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5586597&fecha=14/02/2020
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