La ONU Mujeres y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) exigieron este jueves al gobierno mexicano “el pleno esclarecimiento de las agresiones” en contra de la periodista Lydia Cacho, quien acusó tortura en su contra en 2005.
Ante un amparo que le fue otorgado al empresario José Kamel Nacif, el acusado de ordenar el maltrato a la periodista, las agencias de la ONU “recuerdan la obligación de las instituciones del Estado mexicano de garantizar una investigación efectiva de los delitos y las violaciones a los derechos humanos”.
El documento contiene los siguiente: la atención efectiva de las situaciones de graves violaciones de derechos humanos en México necesita el compromiso de todas las autoridades, incluidas las judiciales.
Los poderes judiciales federal y estatales y quienes los integran tienen una gran responsabilidad para hacer efectivos los derechos de acceso a la justicia, a la verdad, a la reparación integral del daño y a las garantías de no repetición a las víctimas del delito y de violaciones de derechos humanos.
La confianza que las víctimas de las violaciones de derechos humanos y de los abusos de poder, así como la sociedad en su conjunto, depositan en las operadoras y los operadores judiciales, les requiere asumir su tarea con responsabilidad, compromiso y sensibilidad para hacer efectivos los derechos humanos.
En ese sentido, es esencial recordar que el Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer de la ONU (CEDAW por sus siglas en inglés) ha establecido que “los estereotipos y los prejuicios de género en el sistema judicial tienen consecuencias de gran alcance para el pleno disfrute de los derechos humanos de las mujeres.
Pueden impedir el acceso a la justicia en todas las esferas de la ley y pueden afectar particularmente a las mujeres víctimas y supervivientes de la violencia. […] El establecimiento de estereotipos afecta también a la credibilidad de las declaraciones, los argumentos y los testimonios de las mujeres, como partes y como testigos.
Esos estereotipos pueden hacer que los jueces interpreten erróneamente las leyes o las apliquen en forma defectuosa. Esto tiene consecuencias de gran alcance, por ejemplo, en el derecho penal, ya que dan por resultado que los perpetradores no sean considerados jurídicamente responsables de las violaciones de los derechos de la mujer, manteniendo de esta forma una cultura de impunidad.
En todas las esferas de la ley, los estereotipos comprometen la imparcialidad y la integridad del sistema de justicia, que a su vez puede dar lugar a la denegación de justicia, incluida la revictimización de las denunciantes.”
Ante la información hecha pública el pasado 26 de julio relativa a una resolución judicial en el proceso seguido en contra de uno de los presuntos responsables de los delitos y violaciones a los derechos humanos que sufrió Lydia Cacho, ONU Mujeres y la ONU-DH recuerdan la obligación de todas las instituciones del Estado mexicano de dar cumplimiento al Dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU sobre el caso.
En dicho Dictamen, el Comité de Derechos Humanos determinó que el Estado mexicano había violado el derecho al acceso a un recurso judicial efectivo, a la igualdad y a la no discriminación, en relación con la protección contra la tortura, la protección de la libertad y seguridad personales y el respeto a la libertad de expresión.
Entre otros aspectos, el Comité señaló que “los tratos a los que se sujetó a la autora tuvieron un objetivo discriminatorio por razón del sexo, a la luz de la naturaleza de los comentarios sexuales vertidos y del trato sexualizado y violencia de género infligida”.
Asimismo, “el Comité considera que, en las circunstancias descritas, y a la luz de las declaraciones públicas vertidas por el empresario en cuestión y por altas autoridades ejecutivas y judiciales del estado de Puebla, no desmentidas por el Estado parte, y por los motivos establecidos en el párrafo 10.8 supra, la detención de la autora no fue una medida necesaria ni proporcional, sino más bien una medida de carácter punitivo y, en consecuencia, arbitraria, en violación del artículo 9 del Pacto”.
La obligación de las autoridades de garantizar un ambiente propicio para el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a defender los derechos humanos en México debe incluir la investigación y sanción de acuerdo con los principios de debida diligencia de los actos que pretendan coartar estos derechos. La actividad de periodistas y personas defensoras de derechos humanos es esencial en una sociedad democrática.
El propio trabajo de la señora Cacho ha demostrado la importancia del periodismo para dar a conocer los abusos cometidos desde diferentes ámbitos de poder.
La impunidad en el caso de Lydia Cacho no solo afecta a la periodista y a sus familiares y favorece la repetición de los delitos y las violaciones a derechos humanos e impacta negativamente a todas las mujeres en México que ejercen el periodismo y la defensa de los derechos humanos.
ONU Mujeres y la ONU-DH refrendan su disposición de seguir brindando su asesoría y cooperación a las instituciones del Estado mexicano, incluidas las instituciones judiciales, para contribuir a la efectiva incorporación de los estándares internacionales de derechos humanos en su actuar.