El dictamen se integró con 28 iniciativas presentadas por diputadas y diputados, así como por el Ejecutivo del Estado
En sesión ordinaria se aprobó la donación de predios en favor de la SEDENA y la Secretaría de Educación
Con el objetivo de tipificar el delito de zoofilia y atender la problemática del maltrato animal, el Pleno de la LXI Legislatura aprobó el dictamen mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla; de la Ley Orgánica Municipal y del Código Penal del Estado.
Durante su intervención en sesión ordinaria, el diputado Jaime Natale Uranga señaló que el dictamen se integró con 28 iniciativas presentadas por diputadas y diputados, así como por el Ejecutivo del Estado para, entre otros objetivos, tipificar el delito de zoofilia y establecer sanciones de uno a cuatro años de prisión y multa de 100 a 400 Unidades de Medida y Actualización.
Además, el abandono de un animal de compañía, que se encuentre bajo responsabilidad y cuidado de una persona, se sancionará de diez meses a dos años de prisión y con 100 a 250 Unidades de Medida y Actualización. El diputado agregó que, como parte de las reformas, los Ayuntamientos deberán destinar el presupuesto suficiente en para crear, instalar, administrar, regular y operar los Centros de Bienestar Animal, así como garantizar su debido funcionamiento.
En tanto, la diputada Laura Zapata Martínez expuso que es una reforma integral en materia de bienestar animal, que también considera la tenencia responsable de mascotas, promover campañas de esterilización, así como acciones de sensibilización para dar un trato humano a los seres sintientes.
Por su parte, los diputados Fernando Sánchez Sasia y Oswaldo Jiménez López, así como las diputadas Nora Merino Escamilla y Tonantzin Fernández Díaz reconocieron el seguimiento de los colectivos y se pronunciaron a favor de que las Leyes sean progresivas, así como visibilizar la problemática del maltrato animal para reducir la incidencia.
La diputada Guadalupe Leal Rodríguez expuso que se dictaminan reformas históricas, con la modificación de 26 artículos de la Ley de Bienestar Animal y nueve del Código Penal del Estado, en las que se considera el fortalecimiento de la protección animal.
Con las reformas, se prevén como infracciones, entre otras, el someter a un animal a la realización de trabajos, horarios o actividades que sobrepasen su fuerza o capacidad, en vista de las condiciones físicas en que se encuentra; la práctica de cualquier conducta sexual con animales; abandonar a un animal; dejarlo en azoteas o encadenarlo por periodos prolongados; utilizar a los animales como premios u obsequios, en ferias, concursos o cualquier actividad análoga.
De igual forma, se prohíbe cualquier trato, acción u omisión en contra de los animales, tales como: dejarlos encadenados o sujetos por cualquier medio o en un espacio reducido que no le permita su patrón de comportamiento natural, por un tiempo tan largo que afecte nocivamente su salud; dejarlos solos dentro de vehículos automotores, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier índole que puedan poner su vida en peligro; dejarlos en azoteas, a la intemperie, en inmuebles abandonados o someterlos a tratamientos de entrenamiento forzados, o castigos que le provoquen sufrimiento o maltrato, o le causen estados de ansiedad o miedo.
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