El 1 de abril  fecha límite para que personas morales presenten su declaración anual

Gabriela García Muñoz

María Elizabeth Reyes Ortega, administradora desconcentrada de servicios al contribuyente del SAT Puebla 2, recordó que el próximo 1 de abril es la fecha límite para que las personas morales presenten su declaración anual.

En conferencia de prensa, la funcionaria mencionó que, debido a que el 31 de marzo cae en día inhábil, el plazo se recorrió al siguiente día hábil.

Reyes Ortega destacó que se han realizado actualizaciones y mejoras en la plataforma del SAT para facilitar el proceso de declaración. Entre las novedades se encuentran:

La posibilidad de agregar pérdidas fiscales por desglose de ejercicios anteriores (2013 a 2021) que no se visualicen en el formulario.

La inclusión de la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por desglose del ejercicio inmediato anterior.

La precarga de información de los estados financieros del ejercicio inmediato anterior.

Para enviar la declaración, los contribuyentes deben contar con firma electrónica y estar al corriente con sus declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales de ISR de ejercicios anteriores, y retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, Régimen Simplificado de Confianza (Resico) de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

Asimismo, las personas morales deben tener un servicio de banca electrónica para pagar cualquier saldo a cargo mediante transferencia electrónica.

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