La Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN), aprobó la despenalización del aborto en Coahuila, la decisión implica la invalidez del artículo 196 del Código Penal del estado, la cual planteaba la imposición de la pena de prisión de uno a tres años a la mujer que voluntariamente interrumpiera su embarazo y que se hacía extensivo a las personas que le asistieran.
En sesión del pleno de la Corte, 10 de los 11 ministros votaron a favor del proyecto a cargo de la ponencia de Luis María Aguilar Morales. El voto faltante fue por la ausencia de un ministro
Al aprobar el proyecto, la Suprema Corte también fijó una jurisprudencia que obliga al resto de los estados a reconocer como inconstitucional las disposiciones legales que buscan criminalizar al aborto.
“Con este criterio unánime no sólo se invalidan las normas sino se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país. A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado este Tribunal”, dijo Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.