- La nueva reforma electoral entrará en vigor a partir del viernes 3 de marzo.
MÉXICO. En los primeros minutos del 2 de marzo de 2023, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto del llamado Plan B de la reforma electoral, avalado la semana anterior por el Senado de la República, con 72 votos a favor, de Morena y sus aliados, y 50 en contra, de la oposición.
Puntos del decreto
Entre las leyes que se modifican con el decreto se encuentran la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Dentro del Plan B, los cambios más llamativos del Plan B serán la reestructuración del INE mediante la modificación de sus órganos desconcentrados, esto representará un importante número de recortes en el personal de operación
Cese automático del secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina, cabeza de los procesos operativos en el organismo desde hace 15 años.
Dentro de los planes del Plan B, crearán una Oficina Auxiliar que estará a cargo de una persona y será el responsable de los aspectos legales y operativos que corresponden a órganos no unipersonales.
Despedirán al personal que trabajan actualmente en las 300 Juntas Ejecutivas Distritales (JED)
“El 15 de agosto de 2023 a más tardar “deberán quedar instalados los órganos locales y las oficinas auxiliares de conformidad con el presente decreto, para operar en los siguientes procesos electorales” especifica el decreto.
Establece que por ningún motivo se pueden suspender derechos o prerrogativas político-electorales por sanciones administrativas o judiciales distintas de las penales y ya no se podrán perder registros de candidaturas por omitir los informes de gastos o se rebase el tope de campaña.
Los paisanos sí podrán votar en cualquier parte del mundo con la matrícula consular o pasaporte, además de la credencial de elector, ya que el Padrón de los mexicanos en el extranjero será validado por la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Tras la aprobación, el 22 de febrero de 2023, de la segunda parte del llamado “plan B”, el Senado remitió al titular del Poder Ejecutivo Federal las reformas realizadas a 429 artículos del paquete de cuatro leyes, mismo que ya había sido aprobado en diciembre de 2022 por ambas cámaras del Congreso de la Unión.
Su promulgación había quedado pendiente, ya que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión hizo un cambio adicional donde eliminó la llamada “cláusula de vida eterna”, que permitiría el traspaso de votos, para garantizar mantener el registro de los partidos políticos, al competir con candidaturas comunes.
La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en San Lázaro devolvió la minuta al Senado, que ya había clausurado su periodo de sesiones y ya no pudo enviar el decreto al titular del Poder Ejecutivo Federal, para su promulgación.
En un nuevo periodo ordinario de sesiones, la Cámara alta determinó retirar la “cláusula de vida eterna” y enviar el resto de los artículos para su publicación en el DOF, mismos que entrarán en vigor el 3 de marzo de 2023.
Será la máxima autoridad judicial la que determinará si el Plan B y sus disposiciones incurren en actos de inconstitucionalidad, la fecha límite para que la SCJN se pronuncie al respecto es el 31 de mayo de 2023.
La ley establece que para que la Suprema Corte pueda declarar como inválido el Plan B se necesita el voto de al menos ocho de los 11 magistrados de las Salas Superiores y deberán avalar la inconstitucionalidad denunciada por los partidos de oposición.
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