Registro de línea telefónica: Extienden fecha límite; consulta el calendario

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) informó que se extiende la fecha del proceso de vinculación de líneas telefónicas con CURP, asignada conforme al último dígito del número telefónico.

El objetivo es fortalecer la seguridad y dejar de ser una de las pocas naciones que permitía adquirir un chip telefónico sin identificación oficial. Hasta el momento, un total de 63 millones de líneas ya han sido vinculadas de manera exitosa:

  • 40.2 millones corresponden a la modalidad de prepago.
  • 22.8 millones pertenecen al esquema de pospago (planes de renta), las cuales no requieren un nuevo trámite debido a que ya se encuentran plenamente asociadas a una identidad desde el momento de su contratación.

Sin embargo, para los millones de usuarios que aún operan bajo sistemas de prepago no vinculados, la CRT ha establecido un calendario obligatorio de acuerdo con la terminación numérica de cada celular.

Calendario: Fechas límite según el último dígito de tu celular

De acuerdo con las disposiciones vigentes, las líneas de prepago rezagadas tendrán una fecha límite de registro asignada rigurosamente conforme al último dígito de su número telefónico:

  • Agosto:
    • Dígito 0: Hasta el 15 de agosto
    • Dígito 1: Hasta el 31 de agosto
  • Septiembre:
    • Dígito 2: Hasta el 15 de septiembre
    • Dígito 3: Hasta el 30 de septiembre
  • Octubre:
    • Dígito 4: Hasta el 15 de octubre
    • Dígito 5: Hasta el 31 de octubre
  • Noviembre:
    • Dígito 6: Hasta el 15 de noviembre
    • Dígito 7: Hasta el 30 de noviembre
  • Diciembre:
    • Dígito 8: Hasta el 15 de diciembre
    • Dígito 9: Hasta el 31 de diciembre

¿Qué pasa si no registro mi número a tiempo?

La regulación de la CRT contempla sanciones para incentivar el registro oportuno. Una vez que venza el plazo asignado a cada dígito, las compañías telefónicas procederán a la suspensión total del servicio dentro de las siguientes 72 horas.

Las líneas suspendidas entrarán en un estado de restricción parcial donde únicamente podrán:

  1. Realizar llamadas exclusivas a números de emergencia.
  2. Comunicarse a los centros de atención ciudadana y a su respectiva compañía telefónica.
  3. Recibir alertas institucionales en caso de sismo.

Importante: Una vez que el usuario cumpla con la vinculación obligatoria de la línea, la compañía telefónica restablecerá de manera inmediata todos los servicios habituales, incluyendo llamadas salientes ordinarias, mensajes de texto (SMS) y datos móviles.

¿Cómo y ante quién se hace el trámite?

Es fundamental aclarar que el proceso de registro no lo realiza el gobierno, sino que se lleva a cabo de forma directa y digital ante las compañías telefónicas prestadoras del servicio.

Para salvaguardar la privacidad de la ciudadanía, el trámite está diseñado bajo estrictas normas de protección de datos:

  • Las empresas de telefonía únicamente asociarán el nombre completo y la Clave Única de Registro de Población (CURP) del usuario al número celular.
  • El sistema está obligado a eliminar cualquier otro dato o imagen utilizado de manera provisional durante el proceso de validación en la plataforma o ventanilla.

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