Sheinbaum presenta Ley General contra el Feminicidio; estos son los puntos de la iniciativa

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo presentó la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio. El objetivo central de esta propuesta es que todas las fiscalías del país operen bajo un mismo criterio legal para eliminar la impunidad y fortalecer las políticas de prevención.

Estructura y homologación del delito

La nueva ley, detalló la titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Ernestina Godoy, se compone de 52 artículos distribuidos en ocho títulos que abarcan desde la competencia y coordinación entre autoridades hasta la investigación y reparación integral del daño.

Uno de los puntos más relevantes es la homologación del tipo penal:

  • Definición: Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
  • Criterios de género: Se consideran 9 razones, entre ellas signos de violencia sexual, antecedentes de violencia contra la víctima, delitos motivados por estereotipos o contextos de asimetría de poder.

Penas y agravantes: Sanciones más severas

La iniciativa contempla castigos para quienes cometan este delito, buscando que la sanción sea proporcional a la gravedad del acto:

  • Prisión: De 40 a 70 años de cárcel.
  • Multas: De mil a dos mil UMAS.
  • Agravantes: La pena puede aumentar hasta en una mitad si la víctima es niña, adolescente, embarazada, periodista, defensora de derechos humanos o si el agresor es un servidor público.
  • Tentativa: Se sancionará con una pena de prisión de entre la mitad hasta las dos terceras partes de la condena total.

Responsabilidades adicionales y cero impunidad

Además de la privación de la libertad, el responsable enfrentará consecuencias civiles y administrativas severas:

  • Pérdida de derechos: Se perderán derechos sucesorios, así como la tutela, curatela, guarda, custodia y la patria potestad.
  • Inhabilitación: Destitución e inhabilitación para cualquier cargo público.
  • Sin beneficios: Se prohíben excusas absolutorias o atenuantes, y no procederán criterios de oportunidad, amnistías o libertad condicionada.
Derechos de las víctimas y reparación integral

La ley pone énfasis en que la reparación del daño debe ser transformadora, adecuada y proporcional. Los derechos garantizados incluyen:

  • Acceso a la verdad, justicia y asistencia jurídica gratuita.
  • Atención médica y psicológica de urgencia para sobrevivientes.
  • Seguridad social para niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad.
  • Restitución o entrega digna y respetuosa del cuerpo de la víctima.

Te puede interesar: Ambiente caluroso dominará en la mayor parte del país

¡Cuidado! Este contenido es como el oro: ¡no se puede duplicar!