La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informa que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, debido a que el día de hoy a las 16:00 horas, se registró una concentración máxima que alcanzó los 179 ppb de ozono en la estación Atizapán y se mantuvieron condiciones muy adversas después de esa hora.
De acuerdo a los modelos meteorológicos, mañana todavía persistirá el sistema de alta presión en el centro del país, que originará cielo despejado, alta radiación solar, estabilidad atmosférica y viento débil, lo que favorecerá la formación del ozono. Debido a estas condiciones adversas, el pronóstico para mañana indica que la calidad del aire será de mala a muy mala.
Por lo anterior, y con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas en la ZMVM publicados por los Gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México, se informa que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM y sus medidas para el día de mañana, jueves 7 de marzo del 2024, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud, así como para reducir la emisión de contaminantes.
Se recuerdan las restricciones y exenciones a la circulación en el Sector Transporte:
Mañana jueves 7 de marzo deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 3 ,5, 7 y 9.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2 .
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I
La Comisión Ambiental de la Megalópolis estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la ZMVM e informará en un boletín que se emitirá mañana jueves 7 de marzo a las 10:00 horas.
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