SCJN ampara a Lorenzo Córdova y ordena a la SEP eliminarlo de libros de texto por afectar su reputación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a Lorenzo Córdova Vianello, exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), tras resolver que su mención en los libros de texto gratuitos de la Secretaría de Educación Pública (SEP) vulnera su derecho al honor y reputación.

Con una votación dividida (3 votos a favor y 2 en contra), la Segunda Sala de la SCJN determinó que la SEP incurrió en un acto inconstitucional al incluir a Córdova como ejemplo de discriminación en el libro “Proyectos comunitarios” de sexto grado de primaria, correspondiente a los ciclos escolares 2023-2024 y 2024-2025.

El origen de la polémica: una conversación privada filtrada

El caso se remonta a mayo de 2015, cuando se difundió una conversación telefónica privada entre Lorenzo Córdova y Edmundo Jacobo (entonces secretario ejecutivo del INE). En el audio, Córdova se burlaba de la forma de hablar de un líder indígena, lo cual desató una ola de críticas.

En dicha llamada, se escucha a Córdova parodiar al interlocutor con frases como:

“Yo jefe gran nación Chichimeca, vengo Guanajuato, yo decir a ti o diputados o para nosotros, no permitir elecciones”.

Aunque posteriormente el exconsejero ofreció una disculpa pública y reiteró su respeto hacia los pueblos indígenas, la SEP utilizó ese episodio para ilustrar conductas discriminatorias en el mencionado libro de texto, afirmando que:

“En México, el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, se mofa de los representantes de las naciones originarias”.

Fallo de la SCJN: derechos fundamentales fueron transgredidos

El proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, aprobado por mayoría, concluye que la SEP incurrió en una vulneración del derecho al honor al presentar una visión parcial y descontextualizada de los hechos.

El fallo enfatiza que el libro “modifica la opinión, idea o concepto que la gente tiene sobre dicha persona, ya que sólo muestra una parte de los hechos y demerita las cualidades morales y profesionales que ha demostrado a lo largo de su carrera”.

Córdova argumentó que la mención en los libros derivaba de una intervención ilegal de sus comunicaciones privadas, lo que constituía una “pena infamante y excesiva” impuesta por el Estado mexicano sin procedimiento legal alguno.

Reacciones y consecuencias

La decisión de la Corte implica que la SEP deberá retirar toda referencia a Lorenzo Córdova en los ejemplares actuales y evitar futuras menciones similares que vulneren derechos humanos.

Además, este caso reabre el debate sobre el uso de materiales educativos con contenidos que podrían incurrir en juicios de valor sin el debido contexto, así como sobre el derecho a la privacidad, la presunción de inocencia y la proporcionalidad de sanciones no judiciales.

¿Qué decía el libro?

En la página 246 del libro “Proyectos comunitarios”, la SEP utilizó el caso de Lorenzo Córdova como ejemplo de discriminación, lo que la SCJN consideró una acción excesiva, parcial y jurídicamente improcedente, al provenir de una grabación obtenida sin autorización judicial.

Importancia del fallo

Este fallo sienta un precedente jurídico relevante sobre los límites de los contenidos en libros de texto oficiales, y la protección de los derechos fundamentales incluso en figuras públicas. También resalta la responsabilidad del Estado al evitar narrativas que puedan generar daños morales o reputacionales injustificados.

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