El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer una prórroga para el cumplimiento de diversos trámites hasta al 31 de diciembre de este año.
Esta disposición se aplicará para quienes no hayan habilitado su Buzón Tributario o bien para aquellas personas que no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto.
Además, los contribuyentes tendrán más tiempo cumplir con otros tramites como la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022; el uso de la factura electrónica 3.3 ya que, la obligatoriedad de la versión 4.0 será a partir del 1 de enero de 2023.
Asimismo, los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de Mis cuentas, sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica o de un Certificado de Sello Digital, al menos hasta que concluya este periodo anunciado por el SAT.
En tanto, las personas físicas que se encuentran dentro del Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.