Para inhibir conductas delictivas, el diputado Sergio Salomón Céspedes Peregrina presentó una iniciativa de reforma al artículo 292 Bis del Código Penal, a fin de elevar las penas por el delito de extorsión cuando se cometa contra un menor de edad, persona mayor de 60 años, o mujer en estado de gravidez.
La Mesa Directiva de la LXI Legislatura del Congreso del Estado dio cuenta de la iniciativa presentada por el diputado, la cual plantea que, además de imponer al culpable de este delito una pena de dos a diez años de prisión y una multa de 100 a mil Unidades de Medida y Actualización como se prevé en el Código Penal, también debe pagar el total de la reparación de los daños.
La iniciativa establece que las penas previstas se aumentarán en una mitad, si el delito se comete contra de un menor de edad, una persona mayor de 60 años, o mujeres en estado de gravidez; también cuando el sujeto activo emplee violencia física, se encuentre armado o porte instrumento peligroso.
Se incrementarán en los mismos términos cuando las vías telefónicas, correo electrónico u otros medios digitales, se utilicen para la comisión del delito; se logre que la víctima o un tercero entregue algún bien o cantidad de dinero con la finalidad de evitar la amenaza; y cuando participen trabajadores de instituciones públicas o privadas que tengan acceso a bancos de datos personales, que los utilicen o los sustraigan para sí o para terceros, con la finalidad de cometer el delito de extorsión.
La reforma también prevé que, si el o los responsables del delito son o fueron servidores públicos, además de la destitución del empleo, también se les inhabilitará de uno a cuatro años para desempeñar cualquier cargo.
Durante sesión ordinaria, el diputado Carlos Navarro Corro presentó una iniciativa para modificar el artículo 338 Quater del Código Penal, y establecer que los feminicidios cometidos contra menores de edad se castigarán con una pena de 50 a 70 años de prisión.
En otro punto del orden del día, la diputada Aurora Sierra Rodríguez presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones del Código Civil, Código Penal y la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social para que, cuando exista un feminicidio y el agresor haya procreado un hijo con la víctima, se asegure el interés superior del menor, se garanticen los alimentos, su estudio y exista un seguimiento permanente de las autoridades.
La iniciativa contempla que, los bienes materiales y cuentas bancarias del agresor serán embargados con el objetivo de asegurar el pago de alimentos al dependiente económico; además, el Sistema Estatal DIF, se encargará de observar al tutor que tenga la custodia del menor, procurando el interés superior de la niñez, así como de dar seguimiento a su desarrollo integral hasta que cumpla la mayoría de edad.
Mientras, la diputada Mónica Silva Ruiz presentó una iniciativa de reforma al artículo 297 del Código Civil para modificar la definición de concubinato y establecer que éste se podrá demostrar si la pareja tiene hijas o hijos en común, o si ha cohabitado públicamente como cónyuges durante más de dos años continuos; pero no se requerirá del periodo antes señalado cuando reunidos los demás requisitos, existan otros elementos que, atendiendo a las circunstancias y contexto social particular de las partes, justifique la existencia de una relación de pareja.
Las iniciativas de las y los diputados Sergio Salomón Céspedes Peregrina, Carlos Navarro Corro, Aurora Sierra Rodríguez y Mónica Silva Ruiz, fueron turnadas a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y resolución procedente.