México suspende importación temporal de calzado terminado para proteger industria nacional

El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Economía, ha suspendido la importación temporal de calzado terminado. La medida, anunciada por el titular de la dependencia, Marcelo Ebrard, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y busca frenar la caída en la producción y el empleo del sector.

“El día de hoy se publica el decreto que suspende la importación temporal, es decir no se va a poder traer a México importación temporal de calzado terminado”, indicó el secretario.

Cifras alarmantes detrás de la decisión

La decisión se basa en una serie de datos económicos preocupantes. Según cifras del INEGI, la industria del calzado en México ha sufrido un severo declive en los últimos años:

  • De 2019 a 2024, el Producto Interno Bruto (PIB) de la industria del calzado disminuyó un 3.1%, mientras que el empleo se contrajo un 2.8%.
  • En 2024, comparado con 2023, el PIB del sector cayó un 12.8% y se perdieron 10,958 puestos de trabajo formales.

Estos números demuestran una crisis sin precedentes, que se agrava por el crecimiento exponencial de las importaciones temporales.

Crecimiento exponencial de las importaciones temporales

El programa IMMEX, que permite la importación temporal de bienes para su posterior exportación, ha sido utilizado para traer calzado terminado al país, pero con un bajo porcentaje de retorno. El decreto publicado señala que las importaciones bajo este esquema crecieron un 159% en volumen y un 60.3% en valor en 2024 en comparación con 2023.

La relación entre exportaciones e importaciones de calzado pasó de 6.59 pares exportados por cada uno importado en 2021, a menos de un par exportado en 2024, lo que sugiere que gran parte del calzado importado de manera temporal no está siendo retornado.

La Secretaría de Economía afirmó que esta práctica causa un grave daño a la competitividad de la industria nacional, promueve el contrabando técnico y afecta el empleo.

La suspensión aplica a todo tipo de calzado terminado, clasificado en las partidas 64.01 a 64.05 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

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