La Suprema Corte dio ayer un revés al Gobierno federal al suprimir la prisión preventiva, es decir cárcel automática, a detenidos por delitos de contrabando, venta de facturas falsas y defraudación fiscal.
En 2019, la 4T promovió reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y a la Ley de Seguridad Nacional para declarar como equiparables a delitos de delincuencia organizada ilícitos en los que han incurrido los denominados factureros que evaden al fisco.
La prisión preventiva estaba contemplada en todas aquellas operaciones irregulares, cuyos montos ascendieran a más de 8.6 millones de pesos.
Al revisar una acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y senadores de la Oposición, el pleno de la Corte, por 8 votos contra 3, declaró la inconstitucionalidad de las modificaciones legales a los apartados de la Ley de Seguridad Nacional y del Código Nacional de Procedimientos Penales, que prevén la medida cautelar más severa para los procesados por esos tres delitos.
El Ministro Fernando Franco presentó un proyecto que avalaba la cárcel, pero fue rechazado por la mayoría y ahora tendrá que reelaborarlo.
En este asunto, la Corte aún tiene pendiente resolver si es constitucional la inclusión de estos tres ilícitos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, un tema que se ha convertido en una puerta para que los jueces decreten la prisión preventiva forzada a los procesados.
El Ministro Franco había propuesto validar la reforma publicada el 8 de noviembre de 2019 y vigente desde enero de 2020, partiendo del argumento de que la sangría ocasionada por estos tres delitos a la hacienda pública pone en riesgo la viabilidad y la operación misma del Estado mexicano.
El Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se manifestó contra la propuesta de Franco, advirtiendo que la Corte no puede permitir que el artículo 19 constitucional sea un “cajón de sastre” donde el Poder Legislativo en turno agregue delitos con el simple hecho de modificar la Ley de Seguridad Nacional.
“El hecho de reconocer la importancia que innegablemente debe tener una eficaz recaudación fiscal no es suficientes para justificar el objeto que persiguen normas impugnadas”, dijo Ortiz.
El Ministro Presidente Arturo Zaldívar consideró que la prisión preventiva debe ser una medida excepcional, conforme a la Carta Magna y las normas internacionales.
Quienes apoyaron el proyecto del Ministro Franco fueron sus homólogas Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa.
Esquivel pidió dimensionar el problema con base en cifras de la Secretaría de Hacienda, que refieren que de 2014 a 2019 se expidieron facturas apócrifas por un valor aproximado de 2 billones de pesos, que estaban identificadas 9 mil “factureras” y que la evasión fiscal era de entre 3 y 4 puntos del Producto Interno Bruto.