El Congreso del Estado declaró la apertura del Tercer Periodo Ordinario de Sesiones correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Legal de la LXI Legislatura, que comprende del 15 de mayo al 15 de julio de 2024.
Durante la sesión ordinaria, se presentó una iniciativa para establecer en la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla el concepto de bebidas adulteradas, bebidas falsificadas y bebidas contaminadas; además, indicar que los establecimientos, a través de sus representantes o encargados, están obligados a vigilar que las bebidas alcohólicas que se vendan o suministren no estén adulteradas, falsificadas o contaminadas.
En la iniciativa, se prevén sanciones en caso de que la venta o suministro de bebidas alcohólicas se encuentren adulteradas, falsificadas, contaminadas, alteradas o en estado de descomposición.
Con la iniciativa se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla; y del Código Penal del Estado. La propuesta legislativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia para su análisis.
También se presentó un punto de acuerdo para exhortar al Instituto Poblano de los Pueblos Indígenas para que, con base en sus atribuciones, asigne traductores de lenguas originarias en las diferentes dependencias del Gobierno del Estado.
El exhorto fue turnado a la Comisión de Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas para su estudio y resolución procedente.
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