La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros para circular en vehículos motorizados en Puebla, tras resolver una acción de inconstitucionalidad promovida contra varios artículos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado.
Durante la sesión de este lunes, el pleno del Máximo Tribunal declaró constitucional la obligación de que todos los autos en Puebla cuenten con un seguro que cubra indemnizaciones a terceros en caso de siniestro, así como las sanciones económicas para quienes incumplan con esta norma.
Esta decisión marca un precedente legal que puede influir en otras entidades federativas para considerar la contratación de seguros como requisito indispensable para la circulación de vehículos.
Obligación de contar con seguros en Puebla
Desde la promulgación de la Ley de Movilidad, el 5 de diciembre de 2023, se estableció que todo vehículo motorizado que circule en Puebla deberá contar con un seguro de responsabilidad civil, destinado a cubrir los daños ocasionados a terceros en cualquier accidente de tránsito. La contratación del seguro es obligación directa del propietario del auto, y su incumplimiento puede acarrear sanciones económicas.
El @Gob_Puebla respetará la resolución de la #SCJN que obliga a conductores a contratar un seguro para accidentes y daños a terceros, señaló Samuel Aguilar🤝😮.
— Alcance Diario – Noticias desde Puebla (@AlcanceDiario) October 7, 2025
Vía: @LaloGarcia08_ pic.twitter.com/SLvWAeDHmM
En términos prácticos, quienes circulen sin seguro en Puebla pueden enfrentar multas que van de 20 a 40 Unidades de Medida de Actualización (UMA), equivalentes aproximadamente a 2 mil 262 pesos y hasta 4 mil 425 pesos. Esta disposición busca garantizar que todos los automovilistas estén protegidos y que las víctimas de accidentes reciban indemnización oportuna, reforzando la cultura de seguridad vial en la entidad.
Participación de colectivos y defensores de movilidad
Durante la sesión de la SCJN, asistieron representantes del colectivo Manu Vive, una asociación civil que promueve la movilidad sostenible, quienes defendieron la legalidad de la Ley de Movilidad de Puebla y respaldaron la obligación de circular con seguros de autos.
Este grupo destacó que la medida no solo protege a los conductores, sino también a peatones, ciclistas y la comunidad en general, fomentando una circulación más segura y responsable.
Sanciones y límites a la cancelación de licencias
Aunque la Corte avaló la obligatoriedad de los seguros, también declarándó inconstitucional el artículo 168 de la Ley de Movilidad que establecía la suspensión de licencias por hasta 10 años para quienes reincidieran en la falta de seguro.
No obstante, se mantiene la posibilidad de cancelar la licencia por un año a conductores que circulen en estado de ebriedad, protegiendo la seguridad pública sin afectar desproporcionadamente a quienes incumplen con el seguro.
La acción de inconstitucionalidad fue tramitada por la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla, durante la gestión del extitular Félix Cerezo Vélez, quien argumentó que la sanción de 10 años era excesiva. Sin embargo, colectivos de movilidad señalaron que esta decisión del pasado no consideraba adecuadamente el derecho a la movilidad no motorizada, generando debate sobre la proporcionalidad de las sanciones.
Impacto en Puebla y futuras implicaciones
Con esta resolución de la SCJN, queda firme que todos los autos que circulen en Puebla deben contar con seguros obligatorios, fortaleciendo la protección de terceros ante accidentes y fomentando una cultura de responsabilidad vial. Además, se establece un precedente legal que podría replicarse en otras entidades federativas de México, asegurando que los seguros de autos se conviertan en un requisito estándar para la circulación en todo el país.
El cumplimiento de esta normativa no solo protege a los ciudadanos ante siniestros, sino que también impulsa la seguridad vial y la transparencia en el manejo de la movilidad urbana. La SCJN deja claro que la obligación de contar con seguros para autos es constitucional, mientras que las sanciones deben ser proporcionales y enfocadas en prevenir riesgos, sin castigar desmedidamente a los conductores.
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