Facturación electrónica: SAT advierte que exigir la CSF es ilegal y sancionable

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas (CFDI) en México y advirtió que condicionar la expedición de una factura a la entrega de este documento constituye una infracción fiscal, la cual puede derivar en multas superiores a los 100 mil pesos.

A través de una aclaración dirigida a contribuyentes, empresas y empleadores, la autoridad fiscal señaló que esta práctica indebida es más común de lo permitido y contraviene lo establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF), por lo que hizo un llamado a respetar la normativa vigente para evitar sanciones económicas.

Multas por exigir la Constancia de Situación Fiscal

El SAT explicó que, conforme a la legislación actual, las sanciones por condicionar la emisión de facturas electrónicas pueden oscilar entre 21 mil 420 y 122 mil 440 pesos, dependiendo de la gravedad de la falta y la reincidencia del contribuyente.

Estas multas están contempladas en el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, el cual considera como infracción negar o condicionar la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) a la presentación de documentos que no son obligatorios, como la Cédula de Identificación Fiscal o la Constancia de Situación Fiscal.

¿Qué datos son realmente necesarios para emitir una factura?

La autoridad fiscal precisó que para la correcta emisión de un CFDI únicamente se requieren cuatro datos del receptor, los cuales son:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Nombre o razón social
  • Código postal del domicilio fiscal
  • Régimen fiscal

Estos datos no necesariamente deben obtenerse a través de la Constancia de Situación Fiscal, ya que pueden consultarse mediante la Cédula de Datos Fiscales, un documento simplificado que está disponible en el portal oficial del SAT y que cumple plenamente con los requisitos para la facturación.

En este sentido, el organismo subrayó que solicitar la constancia completa es innecesario y puede representar una carga administrativa injustificada para los contribuyentes.

Timbrado de nómina: empleadores no deben pedir la CSF

El SAT también aclaró que los empleadores no están obligados a solicitar la Constancia de Situación Fiscal a las personas trabajadoras para realizar el timbrado de nómina, ya que esta información se puede validar por otros medios autorizados.

Esta precisión cobra relevancia debido a que, en los últimos años, múltiples trabajadores han reportado que empresas condicionan el pago de salarios o la emisión de recibos de nómina a la entrega de la CSF, práctica que no está respaldada por la normativa fiscal.

Llamado a evitar prácticas indebidas

La autoridad fiscal reiteró su exhorto a empresas, comercios y contribuyentes en general para que se apeguen a la ley y eliminen prácticas indebidas que pueden derivar en sanciones económicas significativas.

Asimismo, recordó que negar una factura o imponer requisitos adicionales vulnera los derechos de los contribuyentes y afecta la transparencia fiscal, por lo que invitó a denunciar este tipo de conductas a través de los canales oficiales del SAT.

Con esta aclaración, el organismo busca reducir la desinformación, facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y garantizar que la emisión de facturas electrónicas se realice conforme a la ley, sin trabas innecesarias para los ciudadanos.

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